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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
259308
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XCVII, Segunda Parte; Pág. 36

DROGAS ENERVANTES, POSESION DE.

[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XCVII, Segunda Parte; Pág. 36

Precedentes

Amparo directo 9329/64. Emeterio Martínez Lucio. 21 de julio de 1965. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Abel Huitrón y Aguado. Sexta Epoca, Segunda Parte: Volumen LII, página 40. Amparo directo 3817/61. José Ulloa Jáuregui. 11 de octubre de 1961. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Manuel Rivera Silva. Nota: En el Volumen LII, página 40, esta tesis aparece bajo el rubro "DROGAS ENERVANTES, DELITO DE POSESION DE.".
Registro digital (IUS): 259308