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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 259333
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XCVI, Segunda Parte; Pág. 38
MINISTERIO PUBLICO, MODIFICACION DEL CONTENIDO DEL PLIEGO ACUSATORIO DEL.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XCVI, Segunda Parte; Pág. 38
Cuando se condena al agraviado por modalidad distinta a la que invoca el Ministerio Público en sus conclusiones, se varía el contenido del pliego acusatorio y procede conceder el amparo para el efecto de que la autoridad responsable dicte nueva sentencia en la que elimine la calificativa e imponga la pena que estime adecuada.
Precedentes
Amparo directo 6433/64. Felipe López Carrillo. 2 de junio de 1965. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Abel Huitrón y Aguado.