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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 259339
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XCVI, Segunda Parte; Pág. 45
QUERELLA FORMULADA POR UN APODERADO, CARACTER DEL MANDATO PARA LA ADMISIBILIDAD DE LA.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XCVI, Segunda Parte; Pág. 45
Para que tenga efecto legal la querella formulada por un apoderado, es necesario que el mandato que presente el querellante tenga carácter de especial, en el que debe figurar cláusula en que el poderdante autorice al apoderado para querellarse en su nombre, contra la persona concreta que haya cometido un delito también concreto, por lo que un poder general, sin esta cláusula, por muy amplio que sea, no basta para que la querella sea admisible.
Precedentes
Amparo directo 7584/63. Daniel de la Cruz Vázquez. 4 de junio de 1965. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.