Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/259351
📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 259351
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XCV, Segunda Parte; Pág. 11
ERROR EN LA DESIGNACION DEL ACUSADO.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XCV, Segunda Parte; Pág. 11
No es verdad que el sentenciador de primer grado haya procesado a una persona distinta del acusado, al no citar el nombre de éste, si se trata de una simple equivocación, consistente en que en lugar de nombrar al acusado mencionó el nombre del ofendido; pues es evidente que este error no influye en modo alguno en la decisión final del proceso, por lo que no se perjudican los intereses jurídicos del inculpado.
Precedentes
Amparo directo 7413/64. J. Concepción Sánchez Cuevas. 7 de mayo de 1965. Cinco votos. Ponente: Manuel Rivera Silva.