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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 259355
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XCV, Segunda Parte; Pág. 20
PENA, INDIVIDUALIZACION DE LA. PELIGROSIDAD.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XCV, Segunda Parte; Pág. 20
Si el inculpado obró sin motivo justificado alguno y encontrándose en estado de ebriedad, estas circunstancias son índices significativos de la extrema peligrosidad que socialmente representa, puesto que lo configura como de aquellos delincuentes que no necesitan tener motivo alguno para infringir la ley, lo cual los hace indiscutiblemente más temibles que los que actúan motivados por cualquier causa por deleznable que ésta sea.
Precedentes
Amparo directo 4148/64. Manuel Serrano Flores. 12 de mayo de 1965. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mario G. Rebolledo Fernández.