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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 259379
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XCIV, Segunda Parte; Pág. 23
LESIONES QUE PONEN EN PELIGRO LA VIDA, CLASIFICACION DE LAS.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XCIV, Segunda Parte; Pág. 23
Si el dictamen médico pericial previo, estimó al observar las primeras consecuencias de las lesiones causadas, que éstas ponían en peligro la vida, no es indispensable que el certificado definitivo confirme dicha circunstancia si la descripción de las lesiones, teniendo como base el juicio médico, permite al juzgador estimar que por su descripción y por su naturaleza son de las que ordinariamente hacen peligrar la vida, pues la ley le concede amplia facultad para apreciar todos los medios de prueba que obren en autos.
Precedentes
Amparo directo 4647/64. Benito Alvarez Ramón. 21 de abril de 1965. Cinco votos. Ponente: Angel González de la Vega.