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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 259397
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XCIV, Segunda Parte; Pág. 34
VAGANCIA Y MALVIVENCIA (LEGISLACION DEL ESTADO DE SONORA).
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XCIV, Segunda Parte; Pág. 34
El delito de vagancia y malvivencia definido en el artículo 208 del Código Penal de Sonora, se surte cuando no existe prueba alguna en el sentido de que el inculpado se dedique a un trabajo a la par que honesto remunerador para satisfacción de sus necesidades, sumado a sus malos antecedentes.
Precedentes
Amparo directo 4384/64. José Alfredo Pérez Parra. 2 de abril de 1965. Cinco votos. Ponente: Mario G. Rebolledo Fernández.