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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 259552
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXXII, Segunda Parte; Pág. 9
ADULTERIO, ATENUACION DE LA PENA EN EL HOMICIDIO POR. (LEGISLACION PARA EL DISTRITO Y TERRITORIOS FEDERALES).
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXXII, Segunda Parte; Pág. 9
Si al producir su declaración el acusado, no dijo haber sorprendido a su cónyuge en el acto carnal o próximo a su consumación, sino simplemente que encontró a un individuo dentro de su casa, esto no constituye el caso de atenuación de la pena, previsto por el artículo 310 del Código Penal para el Distrito y Territorios Federales.
Precedentes
Amparo directo 4905/63. Santiago Martínez Castro. 27 de abril de 1964. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Alberto González Blanco.