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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 259555
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXXII, Segunda Parte; Pág. 11
CHEQUES, CASO EN QUE AL GIRARLOS SE COMETE FRAUDE Y NO EL DELITO DE LIBRAMIENTO DE CHEQUE SIN FONDOS (LEGISLACION DEL DISTRITO FEDERAL).
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXXII, Segunda Parte; Pág. 11
Si en un caso, el inculpado giró un cheque para la compra de objetos, sin tener cuenta en la institución librada, mismo que tomó del talonario de la cuenta ya cancelada perteneciente a una persona ya fallecida, se tipifica la conducta prevista en el artículo 387, fracción III, del Código Penal para el Distrito y Territorios Federales y no la prevista por el artículo 193 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito.
Precedentes
Amparo directo 8547/62. José Saiz Muñuzuri o Minuzuri. 30 de abril de 1964. Cinco votos. Ponente: Abel Huitrón y Aguado.