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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 259588
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXXI, Segunda Parte; Pág. 33
ROBO DE GANADO, DELITO DE COMPRA DEL PRODUCTO DEL.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXXI, Segunda Parte; Pág. 33
La adquisición de un semoviente (primer elemento), si no se tiene el cuidado de comprobar su legítima procedencia (omisión que forma el segundo elemento constitutivo del delito), y si, además, resulta robado (tercer elemento), reúne los elementos necesarios para integrar el cuerpo del delito y la responsabilidad penal del adquirente; pero la sola adquisición del semoviente, aun cuando el comprador no haya tomado medidas para percatarse de su procedencia, si no existe la prueba de que el animal fue robado, no llega a constituir el delito de compra de animal robado, por faltar este último elemento. De lo contrario, se podrían dar casos numerosos y frecuentes, particularmente entre los que contratan de buena fe como los campesinos, de condenar a individuos que adquirieron semovientes de quienes legítimamente podían disponer de ellos, por no haberse provisto de constancias que acreditaran el derecho o la autorización correspondiente para trasmitir el dominio, sin que dichos semovientes hubiesen sido robados.
Precedentes
Amparo directo 3445/63. José Núñez Torres. 5 de marzo de 1964. Cinco votos. Ponente: Angel González de la Vega.