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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 259596
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXX, Segunda Parte; Pág. 16
BRACEROS, FRAUDE A (LEGISLACION DEL ESTADO DE CHIHUAHUA).
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXX, Segunda Parte; Pág. 16
Aun cuando el inculpado haya conseguido a los ofendidos su contrato como trabajadores agrícolas migratorios, esta circunstancia no impide la integración de los elementos del delito de fraude, ya que la fracción XIX del artículo 368 del Código Penal del Estado de Chihuahua, considera que se comete con la sola circunstancia de obtener un lucro a cambio de prometer o proporcionar la contratación.
Precedentes
Amparo directo 4113/63. Francisco Gamboa Soto. 14 de febrero de 1964. Cinco votos. Ponente: Manuel Rivera Silva.