Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/259597
📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 259597
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXX, Segunda Parte; Pág. 17
CONDENA CONDICIONAL IMPROCEDENTE.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXX, Segunda Parte; Pág. 17
Tratándose de la condena condicional, debe decirse que no hay término de prescripción posible si es que un sentenciado lo ha sido con anterioridad ejecutoriamente, pues la ley exige expresamente para la concesión del beneficio de condena condicional que sea la primera vez que el acusado delinque.
Precedentes
Amparo directo 3864/62. Sabino Campos Torres. 20 de febrero de 1964. Cinco votos. Ponente: Juan José González Bustamante.