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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 259599
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXX, Segunda Parte; Pág. 17
CONDENA CONDICIONAL, PRUEBA DE LOS REQUISITOS PARA LA.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXX, Segunda Parte; Pág. 17
Si del informe de anteriores ingresos se desprende que el acusado tuvo un ingreso anterior, pero no existe constancia del fallo dictado en la causa, corresponde a dicho acusado demostrar que fue absuelto, y de lo contrario, el ingreso en cuestión puede considerarse como indicio de mala conducta y negársele con base en él mismo el beneficio de condena condicional.
Precedentes
Amparo directo 3923/62. Gregorio Escamilla Jorge. 20 de febrero de 1964. Cinco votos. Ponente: Juan José González Bustamante.