Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/259635
📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 259635
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXIX, Segunda Parte; Pág. 10
ABUSO DE CONFIANZA, ELEMENTOS CONSTITUTIVOS DEL DELITO DE (LEGISLACION DEL ESTADO DE JALISCO).
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXIX, Segunda Parte; Pág. 10
La comprobación del cuerpo del delito, es la base del procedimiento judicial y tratándose del delito de abuso de confianza que describe el artículo 344 del Código Penal del Estado de Jalisco, para su comprobación se requiere que se integren los siguientes elementos constitutivos: a) disposición para sí o para otro; b) perjuicio; c) cosa u objeto del delito y, d) previa acción de transferir la tenencia y no el dominio.
Precedentes
Amparo directo 8809/62. Betty Garay Ballesteros. 23 de enero de 1964. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.