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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 259649
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXIX, Segunda Parte; Pág. 16
CUERPO DEL DELITO, COMPROBACION DEL. FE DE DAÑOS.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXIX, Segunda Parte; Pág. 16
El hecho de que no se de fe de los daños causados, cuando se trata de un delito de los que sólo se requiere para su comprobación la reunión de los elementos materiales de la infracción, no produce defecto en la justificación del cuerpo del delito.
Precedentes
Amparo directo 3729/62. Alfonso Salvio López y otro. 28 de enero de 1964. Cinco votos. Ponente: Angel González de la Vega.