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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 259656
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXIX, Segunda Parte; Pág. 19
DUDA, CASO DE (LEGISLACION DEL DISTRITO Y TERRITORIOS FEDERALES).
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXIX, Segunda Parte; Pág. 19
El caso de duda a que se refiere el artículo 247 del Código de Procedimientos Penales para el Distrito y Territorios Federales sólo puede existir para el Juez natural, pero no para el constitucional.
Precedentes
Amparo directo 2497/63. Teresa Ríos de Gallegos. 17 de enero de 1964. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Alberto R. Vela.