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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
259704
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXIX, Segunda Parte; Pág. 47

TESTIMONIO INEFICAZ.

[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXIX, Segunda Parte; Pág. 47

Precedentes

Amparo directo 2364/63. Luis Figueroa Briseño. 28 de enero de 1964. Mayoría de cuatro votos. Ponente: Angel González de la Vega. Sexta Epoca, Segunda Parte: Volumen LXXVII, página 36. Amparo directo 679/63. Inocencio Martínez Solórzano. 4 de noviembre de 1963. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Juan José González Bustamante.
Registro digital (IUS): 259704