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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 259735
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXVII, Segunda Parte; Pág. 11
CICATRICES, NOTABILIDAD Y PERPETUIDAD DE LAS.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXVII, Segunda Parte; Pág. 11
No es de tomarse en cuenta la opinión de los peritos médicos presentados por la defensa en un caso de lesiones que dejan cicatriz perpetua y notable, en cuanto a que en la actualidad existen medios para evitar las cicatrices, si el hecho cierto es que la lesión recibida por el ofendido produjo la cicatriz como consecuencia natural, pues el uso de los medios actuales en materia de cirugía estética, no elimina tal hecho.
Precedentes
Amparo directo 1562/63. Klaus Feldman Petersen y coagraviado. 4 de noviembre de 1963. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Juan José González Bustamante.