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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 259743
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXVII, Segunda Parte; Pág. 14
CONMUTACION DE LA PENA PRIVATIVA DE LIBERTAD POR MULTA (LEGISLACION DEL ESTADO DE SONORA).
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXVII, Segunda Parte; Pág. 14
La conmutación de la pena privativa de libertad por la de multa, no constituye un imperativo para el juzgador, de conformidad con el artículo 72 del Código Penal del Estado de Sonora, sino una facultad, la cual puede no estimar conveniente ejercitar en vista de las condiciones personales del delincuente.
Precedentes
Amparo directo 1734/63. Manuel Moreno Contreras. 4 de noviembre de 1963. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Juan José González Bustamante.