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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
259755
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXVII, Segunda Parte; Pág. 27

PENA, AGRAVACION IMPROCEDENTE DE LA, POR CONSERVARSE LA IMPUESTA PARA DOS DELITOS EN PRIMERA INSTANCIA, HABIENDOSE ABSUELTO UNO DE ELLOS EN LA SEGUNDA.

[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXVII, Segunda Parte; Pág. 27

Precedentes

Amparo directo 1615/63. Alfonso Martínez Zacarías. 27 de noviembre de 1963. Cinco votos. Ponente: Angel González de la Vega.
Registro digital (IUS): 259755