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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 259783
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXVI, Segunda Parte; Pág. 10
ALLANAMIENTO DE MORADA.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXVI, Segunda Parte; Pág. 10
En caso del delito de allanamiento de morada, para eximirse de responsabilidad, es indispensable probar que el ofendido otorgó permiso o que autorizó a otras personas para concederlo, y que éstas permitieron el acceso a la casa en cuestión, para que no se reúnan los requisitos que fija la ley para la punibilidad del hecho.
Precedentes
Amparo directo 8579/62. Jovita Romero Pérez. 31 de octubre de 1963. Mayoría de tres votos. Ponente: Angel González de la Vega.