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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
259803
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXVI, Segunda Parte; Pág. 25

JURISPRUDENCIA, APLICACION RETROACTIVA DE LA.

[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXVI, Segunda Parte; Pág. 25

Precedentes

Amparo directo 8489/62. Luis J. Arredondo Contreras. 2 de octubre de 1963. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Juan José González Bustamante. Sexta Epoca, Segunda Parte: Volumen LXIX, página 13. Amparo directo 8131/62. Salomón Birch Cohen. 14 de marzo de 1963. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Juan José González Bustamante. Volumen LXIII, página 42. Amparo directo 2771/61. Amado García Nava. 7 de septiembre de 1962. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Manuel Rivera Silva. Volumen LXII, página 41. Amparo directo 3486/62. Leandro Barriopedro Jiménez. 24 de agosto de 1962. Cinco votos. Ponente: Juan José González Bustamante. Volumen LX, página 58. Amparo directo 5075/61. Amador Román Berúmen. 23 de marzo de 1962. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Juan José González Bustamante. Véase: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Epoca, Tomo XII, diciembre de 2000, página 16, tesis P./J. 145/2000, de rubro "JURISPRUDENCIA. SU APLICACION NO VIOLA LA GARANTIA DE IRRETROACTIVIDAD DE LA LEY.". Nota: En el Volumen LXIX, página 13, esta tesis aparece bajo el rubro "JURISPRUDENCIA E IRRETROACTIVIDAD.". En el Volumen LXIII, página 42, esta tesis aparece bajo el rubro "JURISPRUDENCIA, APLICACION RETROACTIVA DE LA.". En el Volumen LXII, página 41, esta tesis aparece bajo el rubro"JURISPRUDENCIA, SU VARIACION NO IMPLICA APLICACION RETROACTIVA DE LA LEY.". En el Volumen LX, página 58, esta tesis aparece bajo el rubro "JURISPRUDENCIA, SU VARIACION NO IMPLICA APLICACION RETROACTIVA DE LA LEY.".
Registro digital (IUS): 259803