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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 259812
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXVI, Segunda Parte; Pág. 31
MINISTERIO PUBLICO. VARIACION DE SU DENOMINACION.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXVI, Segunda Parte; Pág. 31
Encontrándose el agente del Ministerio Público adscrito encargado del despacho y fungiendo como procurador, el hecho de que emplee la denominación de procurador, subprocurador o agente adscrito, no invalida en forma alguna su carácter, ni implica violación de garantías en contra del acusado, el ejercicio por dicho agente de la acción penal.
Precedentes
Amparo directo 142/62. Héctor Guerra Barrera. 23 de octubre de 1963. Cinco votos. Ponente: Angel González de la Vega.