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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 259822
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXVI, Segunda Parte; Pág. 37
ROBO CON VIOLENCIA. NO CONFIGURADO.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXVI, Segunda Parte; Pág. 37
Cuando atenta la secuela de los hechos, el apoderamiento se lleva a cabo sin una preordenación debidamente acreditada, y muerto el ofendido, se aprovechan los acusados de esa circunstancia para desapoderarlo de cuanto lleva, incluso de sus ropas, en tales condiciones no puede afirmarse que la violencia haya sido el medio puesto en práctica para lograr el apoderamiento, pues solamente cuando el activo la utiliza como medio es cuando debe ser considerada como calificativa.
Precedentes
Amparo directo 6995/62. Pedro Arias Hernández. 18 de octubre de 1963. Mayoría de tres votos. Ponente: Juan José González Bustamante.
Amparo directo 6993/62. Antonio Maccise Dib. 18 de octubre de 1963. Mayoría de tres votos. Ponente: Juan José González Bustamante.