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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 259850
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXV, Segunda Parte; Pág. 13
CONDENA CONDICIONAL.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXV, Segunda Parte; Pág. 13
Basta una sola sentencia condenatoria para demostrar que el inculpado no observó antes buena conducta y, por ende, no puede otorgársele el beneficio de la condena condicional.
Precedentes
Amparo directo 5834/62. Eduardo Enrique Ramírez González. 20 de septiembre de 1963. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Manuel Rivera Silva.