Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/259868
📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 259868
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXV, Segunda Parte; Pág. 27
LEGITIMA DEFENSA INEXISTENTE.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXV, Segunda Parte; Pág. 27
La legítima defensa es la acción necesaria para rechazar una agresión no provocada, presente e injusta, y si en el caso, la acción del acusado no fue contemporánea a la agresión de que fue objeto, por consiguiente, es evidente que no obró rechazando una agresión para evitar un daño, y en ausencia de prueba fehaciente de una prolongación de la agresión injusta, no es admisible la excluyente de legítima defensa.
Precedentes
Amparo directo 8767/62. José Bernal Medina. 11 de septiembre de 1963. Cinco votos. Ponente: Manuel Rivera Silva.