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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 259870
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXV, Segunda Parte; Pág. 28
LEGITIMA DEFENSA Y CUMPLIMIENTO DEL DEBER, INCOMPATIBILIDAD DE LA RIÑA CON LAS EXCLUYENTES DE.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXV, Segunda Parte; Pág. 28
La riña excluye tanto la legítima defensa, cuanto la eximente de responsabilidad por cumplimiento del deber, pues en aquélla los adversarios se colocan en un mismo plano de ilicitud; y en la segunda la violencia constituye un rechazo y no una agresión indebida, y en la última, la violencia ejercida queda comprendida necesariamente, en el cumplimiento del deber.
Precedentes
Amparo directo 2672/62. J. Guadalupe Juárez Velasco. 12 de septiembre de 1963. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Alberto R. Vela.