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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 259874
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXV, Segunda Parte; Pág. 30
PENA, REFERENCIA A LA MALA CONDUCTA DEL ACUSADO PARA LA INDIVIDUALIZACION DE LA.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXV, Segunda Parte; Pág. 30
Si el juzgador expresa al individualizar la pena, que el acusado tiene malos antecedentes, ello no significa que le atribuya el carácter de delincuente, sino que propiamente hace referencia a su mala conducta cuando tiene varios ingresos a la cárcel, y tal apreciación no le causa al acusado perjuicio alguno.
Precedentes
Amparo directo 1675/63. Ramón Pastor Martínez Lugo. 11 de septiembre de 1963. Cinco votos. Ponente: Manuel Rivera Silva.