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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 259877
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXV, Segunda Parte; Pág. 34
REPARACION DEL DAÑO, FALTA DE VALUACION DE LOS BIENES MATERIALES DEL DELITO PARA LOS EFECTOS DE LA.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXV, Segunda Parte; Pág. 34
Si los objetos materiales del delito no fueron debidamente valorizados por peritos, la sola manifestación del querellante no es suficiente para tal valuación, y procede se absuelva por lo que ve a la reparación del daño.
Precedentes
Amparo directo 1346/63. Bartolomé Díaz Casales. 26 de septiembre de 1963. Cinco votos. Ponente: Manuel Rivera Silva.