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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 259900
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXIV, Segunda Parte; Pág. 22
DOLO E IMPRUDENCIA, DELITOS DE.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXIV, Segunda Parte; Pág. 22
En los delitos de intención el dolo se presume casi siempre, pero en los de imprudencia es necesario que se compruebe que la que se imputó al acusado, fue la causa que determinó el daño.
Precedentes
Amparo directo 6112/62. Manuel Gómez Reyes. 30 de agosto de 1963. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Alberto R. Vela.