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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 259905
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXIV, Segunda Parte; Pág. 26
IMPRUDENCIA, ELEMENTOS CONSTITUTIVOS DEL DELITO DE.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXIV, Segunda Parte; Pág. 26
Los elementos constitutivos del delito de imprudencia, pueden reducirse a tres: un daño igual al que causa un delito intencional; existencia de actos u omisiones negligentes, imperitos, imprevisores, irreflexivos o implicativos de falta de cuidado; y relación de causalidad entre la actitud imprudente y el daño final.
Precedentes
Amparo directo 8006/62. Francisco Pérez Morales. 9 de agosto de 1963. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Amparo directo 4506/62. José Guadalupe Ibarra. 9 de agosto de 1963. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Alberto R. Vela.