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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 259915
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXIV, Segunda Parte; Pág. 33
ROBO CON VIOLENCIA.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXIV, Segunda Parte; Pág. 33
Para poder aplicar a un encausado la pena del delito de robo con violencia, decretada por el artículo 372 del Código Penal para el Distrito y Territorios Federales, precisa que aquélla no constituya un delito; de lo contrario, deberían aplicarse las reglas de acumulación, por haber sido varios los delitos cometidos y haber constituido la violencia otro delito.
Precedentes
Amparo directo 2347/63. Gilberto Cuéllar Espinosa. 2 de agosto de 1963. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Alberto R. Vela.