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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 259945
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXIII, Segunda Parte; Pág. 30
PRUEBA PERICIAL. APRECIACION DE LOS DICTAMENES DE AVALUO CUANDO NO COINCIDEN.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXIII, Segunda Parte; Pág. 30
Cuando los dictámenes sobre avalúo de lo robado no coinciden, la autoridad no viola garantías si para establecer la pena, se apoya en el hecho por los peritos oficiales, pues éste engendra mayor convicción, tanto por proceder de personas menos susceptibles a influencia de las partes, cuanto porque debe presumirse en ellos mayor aptitud dada su constante actividad de valuadores.
Precedentes
Amparo directo 8889/62. Miguel García Calderón. 29 de julio de 1963. Cinco votos. Ponente: Manuel Rivera Silva.