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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 259946
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXIII, Segunda Parte; Pág. 30
PRUEBA TESTIMONIAL. DE LOS PARIENTES DE LA VICTIMA.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXIII, Segunda Parte; Pág. 30
Si los testigos presenciales son familiares de la víctima su dicho puede ser tenido válidamente como prueba si hacen el señalamiento de los autores de un hecho, y aunque puede esperarse cierta animosidad en contra de los mismos precisamente por el interés que tienen en que sea sancionado quien ejecutó el hecho, el señalamiento que hagan puede ser tenido en cuenta, y lo que debe ser tomado con ciertas reservas es lo relativo a las circunstancias del mismo, pues la animosidad que en ellos existe puede llevarlos a empeorar la condición del acusado.
Precedentes
Amparo directo 8802/62. José Navarro Torres. 11 de julio de 1963. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Juan José González Bustamante.