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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 259997
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LXX, Segunda Parte; Pág. 23
ROBO DE GANADO POR EQUIPARACION (LEGISLACION DEL ESTADO DE CHIHUAHUA).
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LXX, Segunda Parte; Pág. 23
El artículo 362 bis del Código de Defensa Social del Estado de Chihuahua previene: se equipara al robo de ganado ya sea vacuno, caballar, mular, asnar, lanar, cabrío o de cerda, el hecho de herrar, señalar animales ajenos, destruir o modificar los fierros, marcas o señales que sirvan para acreditar la propiedad de los ganados, ya sea que se cometan en campo abierto, lugar cerrado o paraje solitario aplicándose las medidas defensivas a que se refieren los artículos 360, 361 y 362 del código mencionado. Ahora bien: dicha disposición sanciona como si se tratara de robo de ganado, el hecho de marcar, herrar, señalar, modificar o destruir el fierro respecto de animales ajenos, por lo que no precisa el elemento apoderamiento, para la integración de esta figura delictiva, pues basta con la evidencia de cualquiera de las hipótesis mencionadas.
Precedentes
Amparo directo 4720/62. Reynaldo Gutiérrez Hernández. 29 de abril de 1963. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Manuel Rivera Silva.