Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/259999
📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 259999
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LXIX, Segunda Parte; Pág. 9
ABUSO DE CONFIANZA.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LXIX, Segunda Parte; Pág. 9
Si quedó probado que el inculpado recibió mediante un préstamo que en sí mismo puede tener el carácter de civil, la mera tenencia de unos bienes, y que cuando fue requerido para devolverlos, no lo hizo, comprobándose que dispuso ilícitamente de los bienes que le fueron prestados, en perjuicio de su propietario, el hecho de que el acto del cual derivó su posesión sea de carácter civil, no elimina la naturaleza delictuosa de los hechos cometidos por el acusado.
Precedentes
Amparo directo 6111/62. Luis Basso Reyes. 4 de marzo de 1963. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Juan José González Bustamante.