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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
260058
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LXV, Segunda Parte; Pág. 21

NON BIS IN IDEM. CUANDO NO SE VIOLA EL PRINCIPIO.

[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LXV, Segunda Parte; Pág. 21

Precedentes

Amparo directo 4283/62. Abelardo Ferra Corona. 26 de noviembre de 1962. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Amparo directo 2367/62. Marciano Gutiérrez Pérez. 23 de noviembre de 1962. Mayoría de tres votos. Disidente: Manuel Rivera Silva. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.
Registro digital (IUS): 260058