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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 260107
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LXIII, Segunda Parte; Pág. 37
FALSIFICACION DE DOCUMENTOS (LEGISLACION DEL ESTADO DE SONORA).
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LXIII, Segunda Parte; Pág. 37
Se integra el delito de falsificación de documentos, por el medio que prevé la fracción II del artículo 198 del Código Penal del Estado de Sonora, cuando una persona, al encontrar una chequera extraviada cuyas formas estaban ya firmadas, llena éstas aprovechando indebidamente firmas en blanco ajenas, y extendiendo documentos para obtener un beneficio causando perjuicio a otra persona.
Precedentes
Amparo directo 2843/62. Edmundo Lucero Santacruz. 6 de septiembre de 1962. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Angel González de la Vega.