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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 260117
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LXIII, Segunda Parte; Pág. 54
ROBO, APODERAMIENTO EN EL, Y DISPOSICION EN EL ABUSO DE CONFIANZA.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LXIII, Segunda Parte; Pág. 54
Si a una persona se le entrega la llave de determinado sitio, encomendándole el traslado o manipulación de algunos objetos de los que allí se encuentran, esto no significa, obviamente, que se le haga entrega virtual de la totalidad de los objetos guardados; de modo tal que si se apodera de alguno distinto a aquéllos que tenía a su cuidado, el acto debe calificarse de apoderamiento constitutivo de robo y no de disposición de cosa mueble entregada en confianza.
Precedentes
Amparo directo 3481/62. Mariano Ortiz Ramírez. 13 de septiembre de 1962. Cinco votos. Ponente: Juan José González Bustamante.