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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 260155
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LXII, Segunda Parte; Pág. 42
LENOCINIO, DELITO DE.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LXII, Segunda Parte; Pág. 42
Si el inculpado en su condición de propietario de una cervecería, permitía mediante el pago de cierta cantidad, salir a las mujeres que allí trabajaban, para tener comercio carnal con los clientes que acudían al establecimiento, se configura el delito de lenocinio, en razón de que el propietario obtenía lucro mediante el comercio carnal que realizaban tales meretrices.
Precedentes
Amparo directo 9188/61. Margarito Ramírez Navarro. 6 de junio de 1962. Cinco votos. Ponente: Manuel Rivera Silva.