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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 260195
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LXI, Segunda Parte; Pág. 26
FRAUDE Y FALSIFICACION.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LXI, Segunda Parte; Pág. 26
Aun suponiendo que la falsificación se considera como un medio para la comisión del fraude, el artículo 251 del Código Penal Federal dispone que cuando el falsario haga uso de los documentos falsificados, se acumularán el fraude y la falsificación.
Precedentes
Amparo directo 9180/61. Francisco Sotomayor Salazar. 27 de julio de 1962. Cinco votos. Ponente: Angel González de la Vega.