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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 260196
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LXI, Segunda Parte; Pág. 27
HOMICIDIO SIMPLE INTENCIONAL.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LXI, Segunda Parte; Pág. 27
Si el quejoso era ajeno a la riña en el momento en que intervino para lesionar a quien resultó muerto, válidamente no puede concluirse que el quejoso fuera un adversario de la víctima en la contienda que ésta sostenía con un tercero y en consecuencia, el homicidio habido es simple intencional, que se caracteriza porque rechaza las circunstancia modificativas y calificativas del delito.
Precedentes
Amparo directo 617/62. Enrique Tamahuaya López. 30 de julio de 1962. Mayoría de cuatro votos. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.