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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 260214
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LXI, Segunda Parte; Pág. 50
VIOLACION, DELITO DE.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LXI, Segunda Parte; Pág. 50
Tratándose del delito de violación, no se requiere la desfloración de la ofendida.
Precedentes
Amparo directo 5614/57. Celso Castro Martínez. 11 de julio de 1962. Mayoría de tres votos. Disidentes: Juan José González Bustamante y Alberto R. Vela. Ponente: Manuel Rivera Silva.