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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 260222
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LX, Segunda Parte; Pág. 19
CALIFICATIVAS CONCURRENTES. PREMEDITACION, VENTAJA Y ALEVOSIA.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LX, Segunda Parte; Pág. 19
Hubo premeditación si se causó intencionalmente el delito después de haber reflexionado sobre él; hubo ventaja ya que el occiso cuando lo mataron se hallaba inerme, caído y privado y, por último, también existió alevosía si los autores del delito sorprendieron a la víctima de improviso, cuando dormía, y uno de ellos le dio un puntapié en el estómago que lo privó del sentido sin haberle dado lugar a defenderse y a evitar el mal que se le hizo.
Precedentes
Amparo directo 147/61. Silvestre Vicente Canseco y coagraviados. 11 de junio de 1962. Cinco votos. Ponente: Angel González de la Vega.