Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/260224
📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 260224
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LX, Segunda Parte; Pág. 20
CONTRABANDO, PRESUNCION DE EXISTENCIA DE.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LX, Segunda Parte; Pág. 20
Conforme al artículo 244, fracción VI, del Código Fiscal Federal, la existencia del delito de contrabando debe presumirse consumado si se encuentran mercancías de procedencia extranjera, dentro de la zona de vigilancia, cuando el propietario o portador no lleva consigo el comprobante de pago de derechos aduanales.
Precedentes
Amparo directo 5812/61. Carlos Zertuche Cantú. 7 de junio de 1962. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Alberto R. Vela.