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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 260226
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LX, Segunda Parte; Pág. 22
CHEQUES SIN FONDOS, COPARTICIPACION EN EL DELITO DE.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LX, Segunda Parte; Pág. 22
Si se advierte que entre el quejoso y el denunciante hubo acuerdo para desnaturalizar la finalidad jurídica del cheque, que es una orden incondicional de pago (artículo 176 fracción III de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito), como tal acuerdo puede entrañar una participación al haber puesto en circulación el cheque, procede correr traslado al Ministerio Público Federal para los efectos legales correspondientes.
Precedentes
Amparo directo 8235/61. Rafael Gómez Ayala. 21 de junio de 1962. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Juan José González Bustamante