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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 260236
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LX, Segunda Parte; Pág. 29
HOMICIDIO SIMPLE INTENCIONAL. EXCLUYENTES.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LX, Segunda Parte; Pág. 29
Si en el momento de la ejecución del homicidio no se demuestra que el victimario haya estado bajo el efecto de la enfermedad que padece, esto es, un ataque de epilepsia, y suponiendo sin conceder, que ello se hubiera acreditado, semejante circunstancia no exculparía al encausado, puesto que se trata de un mal crónico.
Precedentes
Amparo directo 4855/61. Adolfo Vázquez Rovelo. 21 de junio de 1962. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Juan José González Bustamante.