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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 260242
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LX, Segunda Parte; Pág. 34
MIEDO GRAVE, INOPERANTE.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LX, Segunda Parte; Pág. 34
Es menester que el miedo grave sea de tal manera, que no pueda oponerse resistencia alguna y que se reconozca una conducta anterior en el agente que haga presumir fundadamente la agresión inminente; por lo que, si en un caso, el inculpado tuvo oportunidad de acudir a las autoridades en busca de protección, resulta inoperante la excluyente aludida.
Precedentes
Amparo directo 814/61. Raciel Alvarez Corral. 22 de junio de 1962. Cinco votos. Ponente: Manuel Rivera Silva.