Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/260254
📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 260254
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LX, Segunda Parte; Pág. 41
ROBO SIN VIOLENCIA.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LX, Segunda Parte; Pág. 41
Si la violencia en el delito de robo se hizo consistir en la muerte de la víctima, y si el quejoso fue absuelto del delito de homicidio, no es posible imponerle válidamente la agravación de la pena en función de la violencia habida en el robo, por no haber participado en ella.
Precedentes
Amparo directo 8036/59. Ricardo Barbosa Ramírez. 22 de junio de 1962. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.