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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 260265
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LX, Segunda Parte; Pág. 59
RAPTO VIOLENTO Y AMENAZAS.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LX, Segunda Parte; Pág. 59
Si en un caso de rapto el raptor muestra una pistola y dice a la ofendida y a su acompañante que si se mueven significa la muerte para ellos, tal conducta es simplemente la violencia característica del rapto, cuando es ella la que se utiliza, sin que se aprecie la amenaza en su connotación penal, que entraña la conminación de un mal futuro y que produce en quien la sufre un estado de intranquilidad más o menos prolongado.
Precedentes
Amparo directo 5531/61. Francisco Cano Serrano. 23 de marzo de 1962. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Juan José González Bustamante.